La Cámara de Diputados aprobó un dictamen que modifica la Ley de Amparo en relación con la suspensión del acto reclamado o la inconstitucionalidad de las normas generales.
El dictamen, respaldado en términos generales con 258 votos a favor y 213 en contra, establece que, en casos de juicios de amparo que resuelvan la inconstitucionalidad de normas generales, las suspensiones dictadas no tendrán efectos generales en ningún caso.
La reforma busca eliminar la posibilidad de que los tribunales decidan sobre la suspensión provisional en casos que vayan en contra del orden público, el interés general o las leyes generales emitidas por el Congreso de la Unión en juicios de amparo.
Es importante destacar que el documento reconoce al juicio de amparo como un mecanismo de control constitucional contra los actos derivados del ejercicio del poder, con el propósito de proteger los derechos humanos establecidos en la Constitución.
Durante el debate, el diputado Juan Ramiro Robledo Ruiz (Morena) señaló que la interpretación judicial ha asumido facultades que no corresponden al derecho mexicano, por lo que la reforma no viola derechos humanos, sino que enfatiza que la ley debe interpretarse sin consideraciones políticas.
Por otro lado, la diputada Lizbeth Mata Lozano (PAN) expresó que la minuta reduce el acceso a la justicia y elimina el análisis ponderado que cada juez realiza para evaluar la apariencia del buen derecho y el interés social en la Ley de Amparo.
Desde el PRI, la diputada Sue Ellen Bernal Bolnik opinó que la reforma es un paso más hacia la consolidación de una dictadura en la que cada acto del partido en el gobierno contribuye, enfatizando la importancia de defender las instituciones democráticas y los derechos humanos de los ciudadanos a través de los medios judiciales disponibles.